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Consejo de Estado, Sección Segunda, sentencia del 9 de febrero de 2017

Radicado 11001-03-25-000-2014-00942-02(2905-14), declara la nulidad del aparte «no mayor de sesenta y cinco (65) años» contenida en el artículo 83, numeral , del Decreto Reglamentario 1469 de 2010, por el cual el Gobierno Nacional reguló lo relacionado con licencias urbanísticas, reconocimiento de edificaciones y la función pública que desempeñan los curadores urbanos, entre otras. Declara la nulidad del artículo 102, numeral , del Decreto Reglamentario 1469 de 2010, por el cual el Gobierno Nacional reguló lo relacionado con licencias urbanísticas, reconocimiento de edificaciones y la función pública que desempeñan los curadores urbanos, entre otras. Levanta la suspensión provisional de los efectos de los apartes anulados del Decreto Reglamentario 1469 de 2010, ordenada en auto de 6 de abril de 2015, y, en consecuencia, la Corporación se INHIBE de resolver el recurso de súplica interpuesto contra la referida providencia, por sustracción de materia o carencia de objeto. (Consulta al link https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68881)

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